El Tribunal Supremo de Justicia ordenó a los bancos que en caso de que se hagan cargos indebidos a las tarjetas de crédito, se devuelva a los clientes el dinero y luego -si la entidad está inconforme- debe buscar las pruebas.
Es decir, se voltea la tortilla. Quien tiene que probar no es el usuario, sino el banco.
Se invierte la carga de la prueba, pues.
Esto se lo escuché hoy en Globovisión al presidente de Anauco, Roberto León Parilli.
Anauco es la asociación civil Alianza Nacional de Usuarios y Consumidores
INTERESES SOBRE INTERESES
Además, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ordenó a la Superintendencia de Bancos (Sudeban) diseñar los mecanismos necesarios para impedir el cobro de intereses sobre intereses en tarjetas de crédito, y establecer las sanciones correspondientes contra las instituciones financieras que incurran en prácticas de anatocismo.
Tras declarar parcialmente con lugar una acción por intereses difusos y colectivos presentado por Anauco, el máximo juzgado indicó que los usuarios pueden exigir a los bancos la devolución del dinero cobrado indebidamente en fechas anteriores a la publicación de este fallo.
Leamos la noticia publicada por El Tiempo:
ORDEN A SUDEBAN PARA MODIFICAR EL SISTEMA DE TARJETAS DE CRÉDITO
Con la sentencia de la alta corte se modificó sustancialmente el sistema de tarjetas de crédito empleado por las instituciones financieras, e incluso se ordenó a Sudeban uniformar la fórmula y la metodología de cálculo de los intereses, mecanismo que era aplicado de forma diferente por cada banco.
La Sala Constitucional giró instrucciones para que Sudeban dicte la normativa que regule los contratos de tarjeta de crédito, y que incluya que los cargos por la utilización indebida del plástico no sea cobrado al usuario, a menos que se demuestre su culpabilidad en el hecho.
“Quien corre el riesgo de la operación crediticia masiva es quien introduce el sistema, y es quien debe correr con los riesgos del negocio, y asumir todos los sistemas de seguridad que impidan estos ilícitos. Se considerará negligencia y culpa del tarjetahabiente no denunciar ante el emisor el extravío o pérdida de la tarjeta”, señaló la presidenta del TSJ, Luisa Estella Morales, quien leyó la dispositiva del veredicto.
ELIMINACIÓN DE GASTOS DE COBRANZA Y COBRO DE CUOTAS DE MANTENIMIENTO O RENOVACIÓN DE TARJETAS
La sentencia precisó que se deben eliminar los gastos de cobranza no causados por el uso del plástico, como las cuotas de mantenimiento o renovación, y el cobro por la emisión de estados de cuenta.
Asimismo, ordenó al Banco Central de Venezuela fijar anualmente y de inmediato la tasa de interés máxima y mínima para las tarjetas de crédito, sobre la base de los principios de equidad y proporcionalidad que protejan tanto al sistema financiero como al consumidor.
El dictamen estableció que los comercios no pueden obligar a las personas a cancelar sus cuentas con tarjeta de crédito o débito, y señaló que el Indecu debe impedir que los negocios incrementen los precios de bienes y servicios que sean pagados con plástico.
El presidente de Anauco, León Parilli, expresó su satisfacción con el veredicto, y aseguró que el pronunciamiento del TSJ puede ser el inicio de una relación más transparente entre las distintas instituciones financieras del país y los usuarios.
VIA | EL TIEMPO GLOBOVISION
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